C2. Garantía de calidad de los programas formativos
Criterio 2. Garantía de calidad de los programas formativos
Directrices:
Para el desarrollo de este criterio, el SAIQ debería:
- Determinar los órganos, grupos de interés (incluyendo, entre otros, a representantes de los estudiantes y, en su caso, empleadores), y procedimientos implicados en el desarrollo de los programas formativos, durante sus etapas de:
- Diseño,
- Aprobación institucional,
- Planificación de la implantación,
- Desarrollo de la titulación,
- Revisión periódica del título, de sus objetivos, mecanismos de coordinación, evaluación, resultados de aprendizaje asociados, etc.
- Extinción/suspensión (cuando corresponda).
- Establecer mecanismos que aseguren la impartición de los títulos de acuerdo con las memorias verificadas/acreditadas y guías docentes.
- Disponer de un sistema que permita alinear los objetivos de los planes de estudios con la estrategia institucional y las necesidades de la sociedad, estableciendo una carga de trabajo asumible para el estudiante, y buscando la satisfacción de sus necesidades y expectativas.
- Establecer mecanismos que regulen el proceso de toma de decisiones relativo a la oferta formativa, y a cada una de las fases del ciclo de vida de los títulos que ofrece.
- Disponer de sistemas de recogida y análisis de información (incluida la relativa a la evolución de sus contenidos en el entorno nacional e internacional) que le permita valorar el mantenimiento y relevancia de su oferta formativa, su actualización o renovación.
- Desarrollar los mecanismos necesarios para implementar las mejoras derivadas del proceso de evaluación periódica (interna y externa) de los resultados de las titulaciones impartidas por la IES/Centro.
- . Determinar el modo en que se rinden cuentas a los grupos de interés sobre el diseño, organización, desarrollo, revisión y mejora de los programas formativos impartidos por la IES/Centro.