Comisión de Evaluación Docente (CAD)
CONDICIÓN: DEFINIR LOS PERFILES Y CRITERIOS DE SELECCIÓN DE LOS MIEMBROS DE LA COMISIÓN DE EVALUACIÓN.
CONDICIÓN: ESTABLECER EL PROCEDIMIENTO QUE GARANTICE LA PUBLICIDAD
DE LA COMPOSICIÓN DE LA COMISIÓN
COMPOSICIÓN
- Vicerrector de Profesorado e Innovación Pedagógica, que la preside
- Vicerrector primero, de Planificación y Coordinación Universitaria
- Vicerrector de Ordenación Académica y Convergencia Europea
- Representante de los directores de departamento, designado por el Consejo de Dirección
- Representante de los decanos y directores de escuela, designado por el Consejo de Dirección
- Alumno / alumna de últimos cursos de titulaciones de grado o postgrado, designado por el
- Consejo de Dirección
- Persona designada por el Consejo Social
- Persona designada por la AQUIB
- 1 representante de la Junta del PDI
- 1 representante del Comité de Empresa
- Se elegirá un secretario entre sus miembros
Serán nombrados por la Rectora, a propuesta del Vicerrector de Profesorado e Innovación Pedagógica.
La UIB garantiza la publicidad de la composición de la CAD. La composición se publicará en el
Full Oficial de la Universidad (FUE), en la página web de la Universidad y en la web del Servicio
de Estadística y Calidad Universitaria.
En la tabla adjunta se describen los criterios de selección de los miembros de la CAD.
MIEMBRO DE LA CAD | CRITERIO DE SELECCIÓN |
---|---|
Vicerrector de Profesorado e Innovación Pedagógica, que la preside | Miembro nato |
Vicerrector primero, de Planificación y Coordinación Universitaria | Miembro nato |
Vicerrector de Ordenación Académica y Convergencia Europea | Miembro nato |
Representante de los directores de departamento, designado por el Consejo de Dirección | Quinquenios y tramos docentes. Competencia, disponibilidad y experiencia. |
Representante de los decanos y directores de escuela, designado por el Consejo de Dirección | Quinquenios y tramos docentes. Competencia, disponibilidad y experiencia. |
Alumno / alumna de últimos cursos de titulaciones de grado o postgrado, designado por el Consejo de Dirección | Alumno de últimos cursos de titulaciones de grado o postgrado. Preferiblemente miembro de los órganos de representación de los alumnos. Competencia y disponibilidad. |
Persona designada por el Consejo Social | El Consejo Social definirá los criterios de selección de acuerdo con el perfil de sus miembros |
Persona designada por la AQUIB | La AQUIB y el Consejo de Dirección definirán los criterios de selección de acuerdo con el perfil de sus miembros |
1 representante de la Junta del PDI | Competencia, disponibilidad y experiencia. |
1 representante del Comité de Empresa | Competencia, disponibilidad y experiencia. |
Los miembros de la CAD deberán mantener una imparcialidad absoluta en su actuación, y tendrán
que declarar los posibles conflictos de intereses que pueden presentarse y, en su caso, abstenerse de
participar en el procedimiento en los términos previstos en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26
de noviembre, de régimen jurídico y del procedimiento administrativo común. También podrán ser
recusados de acuerdo con lo que dispone el artículo 29 de la misma norma.
A la vez, deberán actuar con objetividad, independencia y rigor profesional, y deberán respetar la
confidencialidad de los datos personales de las personas solicitantes y guardar secreto de las
deliberaciones de la Comisión. La Comisión levantará acta de todas las reuniones.
FUNCIONES
- Convocatoria anual del proceso de evaluación docente
- Realizar el informe de evaluación relativo a cada profesor / profesora, a instancias de la UIB o del mismo docente
- Notificar y certificar los resultados de la evaluación de la docencia a la persona interesada
- Elevar los informes emitidos a la Comisión de Calidad de la UIB (CQUIB)
- Proponer acciones formativas y otras actividades de mejora a los profesores evaluados
- Proponer a los órganos pertinentes la toma de decisiones para mejorar la calidad del
- profesorado y de la docencia en el ámbito institucional
- Rendir cuentas y asesorar la CQUIB en todo lo relativo a la evaluación docente del profesorado
- Velar por la transparencia y el rigor del proceso de evaluación y la confidencialidad de los
- datos
- Revisar periódicamente el proceso de evaluación docente y, en su caso, proponer los cambios pertinentes para mejorar continuamente